III Edición del Premio Aragonés al Emprendimiento Social y a las Empresas Sociales
III Edición
Premio Aragonés al Emprendimiento Social y a las Empresas Sociales
El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Fomento, convoca la III Edición del Premio Aragonés al Emprendimiento Social y a las Empresas Sociales para identificar y reconocer a las iniciativas emprendedoras de carácter social, de reciente creación o consolidadas, que estén comprometidas en lograr un cambio social y/o ambiental transformador mediante la aplicación de enfoques innovadores y prácticos para beneficiar a la sociedad en general.
El Premio Aragonés al Emprendimiento Social y a las Empresas Sociales será otorgado en colaboración con Laboral Kutxa (Cooperativa de Crédito).
Categorías
Requisitos de participación
Para ambas categorías:
- Tener domicilio en Aragón.
- Ser organizaciones dadas de alta, de cualquier sector y tipología, incluyendo empresas con o sin fines de lucro o privadas.
- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales.
Para la categoría Emprendimiento Social
- Tener una antigüedad de entre uno y tres años desde la fecha de constitución o alta en actividad económica (creadas entre el 31/01/2017 y el 31/01/2019).
- El promotor o promotores de la idea y el proyecto deberán liderar la organización y trabajar principalmente en ella.
- No haber superado los límites fijados por la Comisión Europea para ser considerada como microempresa (aquella empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros).
Para la categoría Empresa Social
- Tener una antigüedad de más de tres años desde la fecha de constitución como persona jurídica (creadas antes del 31/01/2017). Para las entidades procedentes de fusiones de dos o más entidades, al menos una deberá tener una antigüedad mínima de tres años (haber sido creada antes del 31/01/2017).
- Al menos uno de los socios fundadores deberá liderar la empresa.
- No ser considerada como gran empresa según la Comisión Europea (más de 250 trabajadores, facturación superior a 50 millones de euros al año o balance general anual superior a 43 millones de euros), o las que más de un 25% de su capital sea ostentado por una o más empresas consideradas como grandes.